Pedagogía activa
de los derechos humanos
Por José Luis Sánchez Noriega, Revista Educadores, No. 188, Octubre-Diciembre 1998
1. INTRODUCCIÓN.- 2. ¿DE QUE HABLAMOS CUANDO HABLAMOS DE LOS derechos humanos?. 2. 1. La condición humana. 2.2. Derechos básicos de la persona. 2.3. Libertades políticas fundamentales. 2.4. Derechos sociales y económicos.- 3. RETOS ACTUALES A LOS derechos humanos. 3.10.Triada feminismo, neologismo y pacifismo. 3.2. Globalización. 3.3. Sectores sociales desfavorecidos y nuevos marginados. 3.4. Nuevos problemas éticos derivados del desarrollo biotecnológico..3.5. Nuevas exigencias sociales.- 4. LOS derechos humanos EN LA EDUCACIÓN ESCOLAR. 4. 1. Educar en ser ciudadanos del mundo. 4.2. Exigencia de educar en los derechos humanos. 4.3. Exigencia legal de educación en valores. 4.4. Respeto activo a los derechos humanos. 4.5. Reflejo de un espacio social democrático. 4.6. Las normas de convivencia y los derechos humanos. 4.7. La formación del profesorado para los derechos humanos. 4.8. Compensación de la dinámica elitista del sistema educativo. 4.9. Discriminación positiva. 4.10. Una pedagogía experiencial. 4.11. Educar en las consecuencias y en las omisiones.- 5. SUGERENCIAS DIDÁCTICAS.
1. INTRODUCCIÓN
Educar en los derechos humanos no es un añadido más a la escuela ya sobrecargado de tareas y a quien la sociedad suele remitir cuando se encuentra en un callejón sin salida ante un problema social; se trata de integrar en el Proyecto Educativo principios éticos, preocupaciones por educar en los valores y acciones en gran parte ya existentes, como la prevención de drogodependencias, la ción contra la violencia, la atención a la diversidad, las campañas contra el hambre, la educación ética, etc.
Los derechos humanos son una conquista histórica que se han ido plasmando a lo largo de la Modernidad tras diversos acontecimientos revolucionarios. La Declaración Universal de 1 948 -en buena parte recogida por la Constitución española de 1978- es un texto-programa de referencia obligada, pero de ningún modo agota los derechos humanos ni contiene explicitaciones que sólo el devenir de la historia exige; de hecho, hay que completarla con la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio (1 948), el Convenio Europeo de derechos humanos (1 950), la Convención sobre la abolición de la esclavitud (1 953), la Declaración de los derechos del niño (1 956), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1 966), la Declaración sobre la eliminación de discriminación contra la mujer (1 967), la Convención Americana de derechos humanos (1969), la Carta Africana de Derechos del Hombre y de los Pueblos (1 981), la Convención de las Naciones Unidas contra la tortura (1984), etc. Por ello se habla de varios "generaciones" de derechos humanos, la última de las cuales haría referencia a los derechos de las generaciones futuras de ciudadanos. La Declaración Universal da cuenta de la progresividad y la utopía en que se ubica la formulación de esos derechos.
Los derechos humanos establecidos por las Naciones Unidas hace ya medio siglo deben ser el marco elemental que, por acuerdo de todos los países del mundo, garantice la vida de las personas y de los pueblos. Ningún organismo, institución o instancia está por encima de los derechos humanos, cualquiera que sea su naturaleza, objetivos o pretensiones.
2. ¿DE QUE HABLAMOS CUANDO HABLAMOS DE LOS DERECHOS HUMANOS?
Con frecuencia limitamos los derechos humanos a cuestiones sobre tortura, crímenes políticos, derecho de asilo y aquello que afecta a los derechos y libertades fundamentales, ordinariamente poco respetados en países con regímenes autoritarios. Sin embargo, la Declaración Universal y la Constitución española dan cuenta de otros derechos -sobre todo de los derechos sociales o económicos-que solemos relegar y cuyo cumplimiento también es deficiente en las democracias industriales.
Entre los aspectos más importantes de la Conferencia de Viena (junio de 1993) hay que subrayar: los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes; el respeto a los derechos humanos es un tema de debate internacional y no puede ser considerado injerencia ilegítima en los asuntos de un Estado.
Hay relaciones de interdependencia entre el respeto a los derechos humanos, el desarrollo económico y social y la participación del ciudadano.
Hay que velar especialmente por la protección de los derechos de las minorías y grupos vulnerables (mujeres, ancianos, niños, poblaciones autóctonas, trabajadores inmigrantes, personas impedidas, etc.)
2.1 La condición humana
Igualdad y no discriminación por razón de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición (art. 2.1; CE, 14)
2.2 Derechos básicos de la persona
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de la persona (art. 3; CE, 15) y abolición de la pena de muerte (C E, 1 5).
Prohibición de la esclavitud (art. 4) Igualdad ante la ley (art. 7)
Prohibición de detención y prisión arbitrarias (art. 9;CE, 1 7); las penas sirven para la reeducación y reinserción social (CE, 25.2)
Derecho a la tutela judicial efectiva (art. 1 0; CE, 24) y ci la presunción de inocencia (art. 11 - 1)
No retroactividad de las leyes (art. 11.2; CE 25.1)
Derecho a la privacidad y al honor (art. 1 2); inviolabilidad del domicilio, secreto de las comunicaciones y limitación del uso de la informática (CE, 1 8)
Derecho a la libre circulación y residencia (art.13; CE, 19)
Derecho de asilo (art. 14.1; CE, 1 3.3)
Derecho a la nacionalidad (art 15; CE; 11)
Derecho al libre matrimonio, al divorcio y a la familia (art. 1 6; CE, 32)
Derecho a la propiedad (art. 1 7)
2.3. Libertades políticas fundamentales
Libertad de conciencia, pensamiento, religión (art. 18; CE, 16)
Libertad de opinión y expresión (art. 19; CE, 20)
Libertad de reunión y asociación (art. 20; CE, 21-22)
Derecho a la participación política y al voto universal e igual (art. 21; CE, 23)
Libertad sindical (art. 23.4; CE, 28) y derecho a la huelga (CE, 28.2)
2.4. Derechos sociales y económicos
Deber de contribuir a los gastos públicos (CE, 31)
Derecho a la seguridad social y a la satisfacción de los derechos sociales y culturales indispensables para la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad (art. 22)
Derecho al trabajo, a la protección del desempleo y a un solario digno (art. 23; CE, 35)
Derecho al descanso y a las vacaciones pagadas (art. 24; CE, 40.2)
Derecho a la alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y servicios sociales, al seguro de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez o vejez (art. 25.1; CE, 39 SS)
Derecho a un medio ambiente adecuado (CE, 45)
Derecho a cuidados especiales de maternidad e infancia (art. 25.2; CE, 39) y especial amparo a los disminuidos físicos y psíquicos (CE, 49)
Derecho a la educación y al tipo de educación (art. 26; CE, 27)
Derecho a participar en la vida cultural y en el progreso científico (art. 27.1)
Derechos de autor (art. 27.2) (UNESCO: 23 de abril, Día del Libro y de los derechos de autor)
Defensa de consumidores y usuarios (CE, 51)
3. RETOS ACTUALES A LOS DERECHOS HUMANOS
La Conferencia Mundial sobre derechos humanos (Viena, 1993) señala, entre las tareas más importantes en la actualidad:
La necesidad de una cooperación internacional que propicie el derecho al desarrollo de los pueblos. La exigencia de un desarrollo respetuoso del medio ambiente (desarrollo sostenido). Aliviar la carga de la deuda externa de los países pobres. El racismo, la discriminación racial y la xenofobia crecientes en algunas regiones del mundo. Prevenir y combatir el terrorismo y el tráfico de drogas.
Luchar por la protección de niños abandonados en las calles, explota- dos económica y sexualmente, víctimas de enfermedades, etc. Velar por el disfrute de los derechos humanos de los discapacitados.
3.1 Tríada feminismo, ecologismo y pacifismo
El reto principal de los derechos humanos en las sociedades industriales se sitúa en la tríada de final de siglo que engloba al feminismo, al ecologismo y al pacifismo.
Respecto al feminismo. No se puede no ser feminista: abundar en la sensibilizcición hacia la igualdad real de la mujer, propiciar la incorporación al mundo laboral y evitar discriminaciones de hecho, favorecer el establecimiento de cuotas de discriminación positiva, atención preferente a los delitos contra la libertad sexual y el abuso de menores, malos tratos a la mujer en el matrimonio, etc.
Respecto al ecologismo. No se puede no ser sensible ante el deterioro medioambiental cuyas causas son siempre económicas: derecho a la'salud y a un medio ambiente saludable y no agresivo; derecho a al disfrute de la naturaleza; derechos de las futuras generaciones (conservación del entorno y de la biodiversidad); responsabilidad ciudadona en detener la vorágine consumista por los costes medioambientales que supone; mayor informcición sobre alimentos transgénicos.
Respeto al pacifismo. Insumisión y objeción de conciencia; objeción fiscal a los gastos militares; defensa civil no violenta; denuncia de comercio internacional de armas y de la venta a países que no respetan los derechos humanos.
3.2 Globalización
La globalización y sensibilización hacia el carácter internacional de conflictos Y soluciones está suponiendo una nueva perspectiva: como se ha visto por el auge de las ONG's somos ciudadanos del mundo nada nos puede ser ajeno.
3.3 Sectores sociales desfavorecidos y nuevos marginados
Demandas del ejercicio real de la igualdad de sectores sociales desfavorecidos y nuevos marginados: integración de personas con discapacidades físicas y psíquicas (barreras urbanos, beneficios fiscales en la contratación, ayudas para el acceso a bienes culturales, etc.); condiciones de vida y calidad de vida de ancianos, trabajo infantil y explotación de niños en el tercer Mundo, etc.
3.4 Nuevos problemas éticos derivados del desarrollo biotecnológico
Nuevos problemas éticos derivados del desarrollo biotecnológico: donación y comercio de órganos, aborto, madres de alquiler, clonación, manipulación de embriones, etc.
3.5. Nuevas exigencia sociales
Nuevas exigencias sociales que se reivindican como profundización en los derechos humanos: eutanasia activo, cambio de sexo, libre determinación sexual y parejas de hecho.
4. LOS DERECHOS HUMANOS EN LA EDUCACIÓN ESCOLAR
4.1 Educar en ser ciudadanos del mundo
los derechos humanos son universales lo que implica que han de ser respetados todos y por todos. la escuela ha de educar ciudadanos del mundo que asumen como su propio espacio vital los lugares lejanos (Tercer Mundo) o los espacios ajenos (Cuarto Mundo) donde no se respetan los derechos humanos. los derechos y libertades fundamentales gozan de protección en los países democráticos, no así los derechos sociales; por tanto se impone la educación en la solidaridad con quienes carecen de libertades Políticas e ideológicas y quienes no tienen protegidos sus derechos sociales.
4.2. Exigencia de educar en los derechos humanos
Los derechos humanos ha de ser uno de los contenidos-actitudes fundamentales de la educación que impartimos y ello no queda superado por grandes objetivos pedagógicos, frecuentemente enunciados en forma de ideales(Véase Declaración de la Unesco en Anexo l). La propia Declaración Universal establece:
"La educación tendrá por objetivo el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todos la nociones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz" (art. 26.2)
Ello implica que en el núcleo fundamental del Proyecto Educativo de cualquier centro (confesional o no, público o privado) ha de figurar esa propuesta básica; los idearios particulares habrán de ser especificaciones o concreciones de esa propuesta a la que, en ningún caso, pueden sustituir. Sin la educación en los derechos humanos no cabe hablar de una escuela cristiana; no hay nada "elevado" en el cristianismo que no parta de la plena asunción de los derechos humanos.
4.3. Exigencia legal de educación en valores
La educación en valores y la transversalidad establecidas por la LOGSE son fruto de una nueva sensibilidad social ante el papel de la escuela en el cambio de siglo. El MEC establece los siguientes transversales didácticos que, en bueno medida, resultan concreciones de una educación de y en los derechos humanos:
atención a la diversidad
educación para la convivencia
educación para la salud
educación para la paz
educación del consumidor
educación no sexista
educación ambiental
educación vial
educación para Europa
educación multi cultural
Mientras no haya una concreción resulta retórico hablar en el Carácter Propio y en el Proyecto Educativo de educación de valores (solidaridad, autonomía, preocupación por los más pobres, libertad y tolerancia, paz, justicia, compromiso con una sociedad más fraterno, etc.) o en los derechos humanos.
Por ello es preciso hacer realidad que en los proyectos curriculares de etapas y áreas se programen - y se ejecute lo programado- contenidos (objetivos, procedimientos y actitudes) con los transversales didácticos. Esos contenidos habrán de ser evaluados debida mente, tanto en los seminarios o departamentos como por la propia dirección del colegio. No basta con copiar de las editoriales los proyectos curriculares o elaborar magníficos planes si no se ponen en práctica, y, sobre todo, si no se evalúa Posteriormente su desarrollo.
4.4 Respecto activo a los derechos humanos
Además de los principios del Proyecto Educativo, todo el entorno escolar ha de estar presidido por el respeto a los derechos humanos; más aún, ha de sensibilizar y propiciar actitudes de defensa de los derechos humanos; más aún, ha de sensibilizar y propiciar actitudes de defensa de los derechos humanos. Cuando hablamos del entorno nos referimos a:
al conjunto de la organización académica: órganos colegiados y unipersonales, reglamentos de convivencia, proyectos educativos y pastorales, etc.;
Los miembros de la comunidad educativa (profesores, personal de administración y servicios, monitores de actividades extraescolares, padres y madres) que han de estar sensibilizados y mantener unas relaciones humanos y profesionales presididas por los valores de los derechos humanos;
Los contenidos curriculares de las diferentes áreas y de las actividades extraescolares;
Los ámbitos de servicios educativos (comedor escolar, transporte, Kiosco, etc.);
Las relaciones laborales y contractuales que exigen en el colegio, incluidas las de empresas de servicios;
Los distintos grupos que han surgido del colegio o que dependen orgánicamente de él (APA, montañismo, scouts, etc.)
4.5. Reflejo de un espacio social democrático
La organización del centro ha de responder a estructuras democráticas y participativas. Ello implica desterrar los autoritarismos y los paternalismos, y respetar a las minorías "disidentes". El Reglamento de Régimen Interior ha de ser una garantía jurídica -que obliga a todos los miembros de la comunidad educativa- para la participación. la organización democrática y participativo no tiene por qué ser incompatible -en el caso de las escuelas confesionales- con la irrenunciable identidad del centro.
4.6. Las normas de convivencia de los derechos humanos
La aplicación de las normas de disciplina ha de responder a la presunción de inocencia, a las garantías procesales y a la proporcionalidad entre las faltas y los castigos. Ello ha de ser así no sólo objetivamente, sino también subjetivamente desde el punto de vista de los alumnos. Otro tanto ha de decirse de las obligaciones, especialmente en lo que se refiere a la implicación en actividades pastorales.
4.7. La formación del profesorado para los derechos humanos
Sólo con un profesorado que, en su conjunto, sea suficientemente sensible es posible hacer programas, campañas... que eduquen en los derechos humanos. En los programas de formación del profesorado ha de ser prioritaria la educación de/en los valores, donde se ubica la cuestión de los derechos humanos.
Aunque sea necesaria la formación del profesorado en nuevas tecnologías, en la reforma educativo o en didácticas de áreas... lo esencial sigue siendo -tanto por exigencia de la educación en valores que establece la ley como por la identidad de los centros católicos- la formación de los profesores en cuanto personas y su sensibilidad en cuanto educadores. No es suficiente con cursos esporádicos o con el voluntarismo de unos cuantos, ello exige un programa sistemático, un plan de formación de profesorado a medio plazo destinado a la mayoría de los profesores y extensible a otros miembros de la comunidad educativa. En cualquier caso, hay que desterrar y denunciar todo tipo de machismo, racismo, homofobia, etc..
4.8. Compensación de la dinámica elitista del sistema educativo
La dinámica académica -que tiende de un modo "natural" a la selección de los mejores y a la exclusión de los mas débiles- ha de contar con mecanismos de tratamiento diferenciado (diversificación curricular). En la evaluación objetiva habrá que privilegiar a por encima de los éxitos de excelencia (notas de selectividad, alumnos que promocionan) los resultados de alumnos que repiten o quedan descolgados del sistema y establecer medios para evitar su exclusión.
4.9.Discriminación positiva
Parece que esta es una cuestión pendiente de buena parte de nuestras escuelas. La dificultad esta en compaginar la calidad de la enseñanza( lograr un colegio " con nivel") y la atención a minorías que siempre van a suponer una rémora para conseguir ese nivel. Pero, parece evidente que si en nuestras escuelas no hay al menos la cuota de minorías que existe en la sociedad, difícilmente trabajaremos por la igualdad real de todos las personas. Esta promoción social y económica para el individuo, si la escuela católica la impartiera exclusiva o preferentemente a elementos de una clase social ya privilegiado, contribuiría a robustecerla en una posición de ventaja sobre la otra, fomentando así un orden social injusto" (Congregación para la educación Católica).
4.10 Una pedagogía experiencial
La educación de los derechos humanos debe hacerse siempre desde los principios, desde una filosofía de la vida, que exige, como método, la tolerancia y no desde la imposición o la exclusión. Como toda educación en valores no requiere de grandes discursos, sino de practicas cotidianas que encarnen constantemente esos valores. Así por ejemplo, en el colegio se ha de evitar hacer fotocopias o utilizar programas informáticos piratas que conculcan los derechos de autor no utilizar productos que generan recursos costosos de reciclar o no reciclables, hay que educar en el consumo responsable y contra el consumismo ( ropa de marca, chucherías, bollos altos en colesterol, etc.)
Será muy conveniente la participación en acciones solidarios y de sensibilización que tienen eco fuera del colegio y que figuren en el currículum experiencias de necesidad ( visita a los poblados chabolistas, testimonios de drogodependientes o alcohólicos, conocimiento directo de problemas de trabajadores inmigrantes, etc)
4.11. Educar en las consecuencias y en las omisiones
La protección de los derechos humanos en todos los países y en todos las personas exige ser conscientes de los consecuencias de nuestras acciones y omisiones, tanto las de mayor alcance corno las de la vida cotidiano. Desde un campeonato deportivo que excluye a los menos capaces hasta la compra de un chándal importado de un país que emplea mano de obra infantil hemos de ser conscientes de las consecuencias de nuestros actos. Esto no es algo distinto del clásico concepto de educar en la responsabilidad.
5. SUGERENCIAS DIDÁCTICAS
Con el fin de concretar todo lo anterior, se ofrecen a continuación a modo de ejemplo unas sugerencias didácticas
- Crear en cada colegio un Departamento de Acción Social, como exigencia cristiana de amor a los demos, como exigencia del carisma institucional de amor a los mas pobres y como consecuencia de hacer realidad los derechos sociales de los derechos humanos.
- Propiciar el compromiso de los derechos humanos de los miembros de la comunidad educativo a través del Departamento de Acción Social o a través de alguno ONG (Cáritas, Manos Unidas, Setem, Amnistía Internacional, ACNUR, Justicia y Paz, etc.) Se puede empezar por un compromiso concreto y con los alumnos mayores potenciar el voluntarioso.
- Reflejar en la escuela -que ha de ser una escuela abierta, escuela para la vida- los acontecimientos de la sociedad en cada momento. Es preciso partir siempre realidades conocidas y a ser posible actuales (noticias de malos tratos a mujeres, ampliaciones del aborto, asilos convertidos en almacenes, atropellos que sufren los inmigrantes ilegales y legales etc..) con el fin de motivar mas. Bastantes veces los medios de comunicación proporcionan el material necesario ( reportajes televi- sivos, noticias de periódico) para esa motivación.
- Atender a los lenguajes audiovisuales y/o emotivos. No se trata de explicar conceptos abstractos o de dirigirse a la pura racionalidad, sino de partir de experiencias, de dirigirse a la razón emotiva.
Por ello hay que privilegiar los lenguajes emotivos (poemas narraciones) y los medios audiovisuales(carteles reportajes televisivos, películas de cine) y en bueno medida desterrar los puros discursos y las lecciones magistrales.
- Por la misma razón hay que privilegiar la pedagogía de la acción (acción- reflexión-acción) esto es, la participación en juegos educativos, dinámicas de grupo, acciones solidarias, investigaciones sobre áreas concretas (temáticas y geográficas) del estado de los derechos humanos, etc.
- Revisar las acciones programados (campaña contra el hambre, día mundial de la paz, etc) con el fin de completarlas con otras acciones.
ANEXO 1
CONGRESO INTERNACIONAL SOBRE EDUCACIÓN EN DERECHOS HUMANOS Y EN DEMOCRACIA
(Unesco, Centro de las Naciones Unidas para los derechos humanos, Montral, marzo de 1993)
El congreso internacional sobre educación en los derechos humanos y en democracia declara que:
Los valores democráticos son un requisito para el ejercicio efectivo de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y es conveniente, por tanto, conceder una atención particular a la educación en los derechos humanos y en democracia
La educación en derechos humanos y en democracia es, en sí, un derecho fundamental y una condición esencial para el pleno desarrollo de la justicia social, de la paz y del desarrollo. El ejercicio de este derecho contribuiría a preser- var la democracia y a asegurar su desarrollo en el sentido más amplio;
La educación en derechos humanos y en democracia consolidaría los esfuerzos tendentes a proteger los derechos humanos y a prevenir su violación;
El proceso educativo debería ser democrático en sí mismo, basado en la participación y concebido de tal manera que permitiera a los individuos y a la sociedad civil mejorar su calidad de vida.
ANEXO II
PARLAMENTO EUROPEO.
RESOLUCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
El parlamento Europeo
Vista la Convención de las Naciones Unidas de 1 989 sobre los Derechos del Niño,
Vista la Convención Europea sobre el ejercicio de los derechos del niño aprobada el 25 de enero de 1 996 es Estrasburgo,
Vista la declaración , aprobada en Estocolmo el 27-31 de agosto de 1996, sobre la explotación sexual de los niños con vistas comerciales,
Vista sus resoluciones de 1 2 de diciembre de 1996 sobre las medidas de protección de menores en la Unión Europeo y de 6 de noviembre, sobre la lucha contra el turismo sexual que afecta a niños,
Vista la Conferencia internacional sobre trabajo infantil organizado en Oslo, del 27 al 30 de octubre de 1997, por el Gobierno noruego en colaboración con la Oficina Internacional del Trabajo y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF),
- Considerando que el 2C) de noviembre de 1997 se celebra el octavo aniversario de la aprobación de la Convención de las Naciones Unidas de 1989 sobre los Derechos del Niño,
- Considerando que en todo el mundo trabajan más de 250 millones de niños de edades comprendidos entre los 5 y los 14 años y que muchos niños son obligados a realizar trabajos peligrosos y a soportar formas de trabajo intolerables,
- Considerando que los derechos del niño deben respetarse y protegerse en todo el mundo y que la Unión Europea tiene el deber de contribuir en su territorio y en el marco de sus relaciones con terceros países a hacer respetar estos derechos,
- Pide a todos los estados miembros que aplique íntegramente la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño;
- Acoge con satisfacción los resultados de la Conferencia de Oslo, en particular el programa de acción destinado a evitar y eliminar todos las formas de trabajo intolerables para los niños y, al mismo tiempo, a garantizar una enseñanza elemental obligatoria;
- Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen la puesta en práctica de las medidas incluidas en este programa de acción;
- Lamenta la ausencia de referencias especificas relativas a los derechos del niño en el Tratado de Amsterdam e insiste en la necesidad de reconocer la protección de la infancia como una prioridad de la Unión Europea y de integrarla en todas sus propuestas e iniciativas importantes;
- Condena sin reservas la explotación sexual de los niños, cualquier forma de abuso cometido contra ellos, así como la degradación de los niños en tanto que objetos sexuales reducidos al estado de mercancías; pide la prohibición total de la producción, del comercio, del transporte y de la tenencia de material que incite a los abusos sexuales contra niños;
- Se congratula de la puesta a punto de sistemas que permiten bloquear los contenidos ilicitos y perjudiciales en la red Internet; pide insistentemente a la Comisión que elabore un sistema por el que se conceda un marchamo de "calidad europea" a los proveedores de acceso a la red Internet y que apoye la coordinación internacional en este ámbito;
- Pide a los estados miembros que lleven a cabo investigaciones que tengan como objetivo detectar los abusos sexuales cometidos contra niños, que adopten disposiciones que prevean acciones penales contra los operadores de viajes que fomentan el turismo sexual y contra los usuarios de este tipo de servicios;
- Pide a la Comisión que establezca un dia europeo dedicado al reconocimiento de los derechos del niño en la misma fecha del 20 de noviembre de cada año;
- Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Conseío, a la Comisión asi como a los Gobiernos y a los Estados miembros.
ANEXO III
AMNISTÍA INTERNACIONAL
Programa para la protección y promoción de los derechos humanos (marzo 1998)
Educación en derechos humanos en la comunidad académica y escolar
El objetivo de Amnistía Internacional es contribuir a que se observen en todo el mundo los derechos humanos proclamados en la Declaración Universal de los derechos humanos. A través de sus programas de educación en derechos humanos, Amnistía internacional pretende que se conozcan y comprendan los conceptos consagrados en dicha Declaración, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en otros convenios tratados.
El, objetivo es animar a las personas que asuman creencias, comporta mientos y normas de actuación favorables a los derechos humanos.
En su trabajo de educación en derechos humanos, Amnistía Internacional promueve el respeto de todos los derechos humanos y pone un énfasis especial en la universalidad, independencia e indivisibilidad de todos los derechos.
En España, la competencia en materia educativa está compartida por el Gobierno español, a través del Ministerio de Educación y Cultura, y por gobiernos autonómicos con competencias transferidas en este ámbito. Por lo tanto, la responsabilidad de asegurar que las nuevas generaciones reciban una adecuada educación en derechos humanos corresponde a diversas administraciones públicas.
Amnistía Internacional solicita, en primer lugar, que las diferentes autoridades con competencia en materia de educación, informen sobre cómo están llevando a cabo la puesta en práctica de diversos recomendaciones sobre educación en derechos humanos contenidas en la Declaración y Programa de Acción de Viena, aprobada por la Conferencia Mundial de derechos humanos de 1993.
En concreto, la Conferencia Mundial recomienda que los Estados elaboren programas y estrategias específicos para ampliar al máximo la educación y difusión de información pública en materia de derechos humanos, teniendo particularmente en cuenta los derechos humanos de la mujer.
Asimismo, la Conferencia Mundial pide a todos los Estados e instituciones que incluyan los derechos humanos, el derecho humanitario, la democracia y el imperio de la ley como temas de los programas de estudio de todos las instituciones de enseñanza académica y no académica. En relación con el seguimiento de la Conferencia Mundial de 1993 y en relación con la comunidad escolar, Amnistía Internacional pide que las diferentes autoridades con competencia en el ámbito educativo incluyan temas relativos a derechos humanos en todos los programas oficiales de educación y formación y en las prácticas educativas en las escuelas, universidades, instituciones de formación profesional y foros educativos.
Amnistía Internacional solicita también que la formación de profesores de enseñanza primaria y secundaria, así como profesores universitarios, se fomenten cuestiones y valores relacionados con los derechos humanos, de forma que estén preparados para integrarlos en sus prácticas y temarios de enseñanza. Esta formación puede llevarse a cabo a través de cursos especializados para profesores sobre temas propios de educación en derechos humanos, en colaboración con organismos especializados.
Amnistía Internacional pide que, en el año del 50 aniversario de la Declaración Universal de los derechos humanos se fomente, por parte de las autoridades competentes, la elaboración de programas y materiales que difundan masivamente el contenido de la Declaración Universal entre las diferentes comunidades educativas.
BIBLIOGRAFÍA BÁSICA
Barreiro, C. (1 980), derechos humanos. Declaraciones solemnes, continuas violaciones, Solvat, Barcelona.
Cassese, A. (1995), Los derechos humanos en el mundo contemporáneo, Ariel, Barcelona.
De Lucas, J. (1 992), Europa: ¿convivir con la diferencia? Racismo, nacionalismo y derechos de las minorías, Tecnos, Madrid.
Eymar, C. (1 997), El valor de la democracia, Son Pablo, Madrid.
Sánchez Ferriz, R./Jimena, L. (1 995) La enseñanza de los derechos humanos, Ariel, Barcelona.
Truyol y Serro, A. (1 984), Los derechos humanos, Tecnos, Madrid.
El correo de la Unesco, marzo de 1994.
FUENTES DE INFORMACIÓN
SOBRE DERECHOS HUMANOS EN INTERNET
-Alto-Comisionado para los derechos humanos de la ONU
(www.unhchr.ch/spanish/hchr_un_sp.htm)
-Centro de Investigación y Enseñanza de derechos humanos
(www.uotawa.ca/hrrec)
-Cátedra Unesco sobre Pau i Drets Humans (pangea.org/unescopau/)
-Unesco (unesco.org)
-Unicef (unicef.org)
-Página de la República Francesa
(droithomme.gouv.fr)
-Amnistía Internacional (www.a-i.es)
-Biblioteca de derechos humanos de la Universidad de Minnesota
(www.umn.edu/humanrts/)
-Enlaces a sitios de Derecho de derechos humanos
(www.derechos.org/humanrights/links/doc.html)
-Derechos humanos en Estados Unidos
(www.rightsforall-usa.org)
-Corte Europea de derechos humanos
(www.dhcour.coe.fr/)
-Ko'aga Roñe'eta
(www.derechos.org/koaga/)
-Informes y Resoluciones del Parlamento Europeo
(www.derechos.org/nizkor/europa/parlamento)
-Instituto Interamericano de derechos humanos
(www.iidh.de.cr)
-Instituto de Paz y Conflictos
(www.ugr.es/eirene/)
-Derechos de la Mujer
(www.derechos.org/ddhh/mujer/)
-Terrorismo y Leyes Anti-terroristas
(www.derechos.org/nizkor/ley/terrorismo)
-Derecho de derechos humanos
(www.derechos.org/nizkor/ley/)
Ayuda, Desarrollo y Solidaridad
(www.servicom.es/ads)
Paz y Desarrollo
(nodo5O.ix.apc.org/pazydesa)
Colectivos de Acción Solidario
(www.cdrtcampos.es/cas)
Manos Unidas
(www.seker.es/eb/munidas)
Ayuda en Acción
(www.ayudaenaccion.es)
Europa Solidaria
(www.europa-solidaria.sed.es)
Fuentes de documentación y experiencias pedagógicas
Seminario Galego de Educación para a Paz
(www.arrakis.es/sgep/paz)
(www.pntic.mec.es)
ECOE
(www.eurosur.org/ecoe)
Juegos para la Cooperación y la Paz
(www.pangea.org/edualter/)
www.3ieduca.com
www.lleida.net/didactic
www.planalfa.es/fere
www.monde-diplomatique.fr/index/sujet/droits-delhomme.html
www.ciberaula.net
www.oei.es
www.indexnet.santillana.es
www.anaya.es
